Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2324/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 170/2008 de 19 de noviembre, cursante de fs. 165 a 169 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro el recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por José Luis Bustillos López contra Edgar Rafael Bazán Ortega y Fernando Canaza Churata, Alcalde y Responsable de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo, ambos del Gobierno Municipal de Oruro, alegando la vulneración de su derecho a la “seguridad jurídica”, de petición y la garantía del debido proceso, sin citar las normas que los contienen.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionario recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Garantías
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la seguridad jurídica
- III.4.El Sistema de Contratación de Bienes y Servicios de Consultoría en la Administración Pública
- III.5. La anulación de los procesos de contratación en el Sistema de contratación de Bienes y Servicios
- en base a la justificación técnica y legal de los informes de la Comisión de Calificación
- III.6. Análisis del caso específico