SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2363/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 28 de abril de 2007, aproximadamente a las 11:00 horas, el Fiscal recurrido y Salomón David Coronel Calle, junto a un contingente de uniformados policiales pertenecientes a la FELCN, sin orden de autoridad competente y sin darles a conocer el por que de sus actuaciones, interrumpieron violentamente en su domicilio, habiendo procedido al allanamiento, requisa y secuestro de sus personas, que luego de aproximadamente tres horas los condujeron, con rumbo desconocido durante al menos dos horas, hasta que fueron traslados a dependencias de la FELCN, donde recién se les informó que se encontraban detenidos por actos ilegales relacionados con la Ley 1008 de 19 de julio de 1988.
En ese entendido, en ningún momento se dio a conocer el inicio de la investigación al Juez de control jurisdiccional de turno; constituyendo sus actos nulos de pleno derecho, mediante los que vulneraron su dignidad y libertad de locomoción, allanando ilegalmente su domicilio e incumplimiento de plazos y términos en reclamos oportunos presentados ante la autoridad que había ordenado su detención, puesto que presentaron el incidente de nulidad de los actos investigativos por existir vicios absolutos; sin embargo, una vez notificado el Ministerio Público con el incidente, éste respondió extemporáneamente, pasados los veinte días de su legal notificación; proceso en el que la autoridad judicial dilató y retardó el proceso, negando una pronta y eficaz justicia, que lesionó su derecho a la petición y al debido proceso, transcurriendo más de dos meses de haber planteado el incidente de nulidad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- b)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- “…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- Fragmento 17
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.4. El caso concreto analizado
- APROBAR