Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2402/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de su derecho a la libertad y de la garantía al debido proceso, por cuanto el juez recurrido, hoy demandado, pese a sus reiteradas solicitudes, no señaló día y hora de audiencia para considerar su petición del beneficio de extramuro, exigiendo informes y otras actuaciones dilatorias, no previstas por ley. Por consiguiente, corresponde en revisión, determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- celeridad
- SC
- el Juez denunciado al no señalar audiencia a objeto de resolver el beneficio de extramuro dentro de plazo legal o razonable, cometió acto ilegal que afectó el derecho a la libertad del accionante
- APROBAR