SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2439/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2439/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

1)

En tal sentido, dicho Tribunal fundamentó su decisión en base a lo siguiente: 1) Es importante diferenciar lo previsto en el art. 18 y 19 de la (CPEabrg), referente al recurso de habeas corpus y al recurso de amparo constitucional, el art. 18 destina el recurso de habeas corpus cuando una persona creyera estar indebidamente perseguida, detenida, procesada o presa, a su ves el art. 19 de la carta fundamental prevé el recurso de amparo constitucional ante la existencia de actos ilegales u omisiones indebidas, las mismas que se denuncian en el presente recurso la vulneración a la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y al debido proceso, cuestiones de procedimiento que caen dentro el campo del recurso de amparo constitucional y no así del habeas corpus, consecuentemente la parte recurrente  debe acudir al amparo constitucional para corregir defectos procesales que puedan existir.