SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2439/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2439/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, señala que el Ministerio Público dentro las investigaciones del delito de violación del cual se le ha denunciado, no se le ha notificado con la designación de perito, quien ha realizado entrevistas psicológicas a la víctima del hecho punible y que esos actos procesales defectuosos se puso en conocimiento de la Juez de garantías en la audiencia de medidas cautelares, incidentes que la autoridad no ha dado curso, y que dicha autoridad sin entrar al fondo del problema, se ha basado en entrevistas psicológicas obtenidas ilícitamente, y al no haberle notificado con ese acto procesal  las autoridades recurridas han vulnerado las reglas del debido proceso, la “seguridad jurídica”, derecho a la defensa y la presunción de inocencia. Por lo afirmado, corresponde determinar si debe o no brindarse tutela en el caso concreto, tarea que será realizada a continuación.