Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2439/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Adhemar Fernández Ripalda y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Penal Segunda, Ruth López Soraire Juez Sexto de Instrucción de Familia Mixto del Plan Tres Mil, todos de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Santa Cruz y Mario Gutiérrez Velasco representante el Ministerio Público, no presentaron informe escrito ni oral.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- II.1.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de
- III.3.
- III.4. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- a)
- III.5. El Tribunal Constitucional ha sentado las bases entre el habeas corpus y amparo constitucional
- III.6. Subsidiaridad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.7. Análisis del caso concreto
- improcedente
- APROBAR