Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2465/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR, con el fundamento precedente, la Resolución 14/2008 de 14 de noviembre, cursante de fs. 212 a 216, pronunciada por el Juez Quinto de Sentencia en lo Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso
- I.1. Contenido del recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.9
- II.10
- II.11
- II.12
- II.13
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR