Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2465/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.12
II.12 A, fs. 154 de obrados, cursa memorial de 16 de octubre de 2008, suscrito por Felipe Alejandro Moza Segundo, dirigido a los Fiscales de materia miembros de la comisión especial del Ministerio Público Luís Mamani Quisbert, Edward Mollinedo Pinedo, Isabelino Gómez Cervero y Eduardo Morales Valda, haciendo conocer su presentación espontánea amparado en el art. 223 del CPP.
- recurso
- I.1. Contenido del recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.9
- II.10
- II.11
- II.12
- II.13
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR