SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2465/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
improcedente
Mediante Resolución 14/2008 de 14 de noviembre, cursante a fs. 212 a 216, el Juez Quinto de Sentencia en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de Garantías declaró improcedente el recurso planteado, con los siguientes fundamentos: a) No se ha evidenciado que el representado de la recurrente hubiera sido objeto de aprehensión y tampoco se acreditó que hubiera sido expedido, por lo que tribunal de garantías no puede obrar bajo supuestos; b) No se agotaron las vías ordinarias de reclamo que el procedimiento otorga a las partes, puesto que no se presentó reclamo alguno ante el Juez Cautelar sobre las supuestas vulneraciones; c) En cuanto a la presentación de previo y especial pronunciamiento presentada ante el Juez Cautelar sobre el conflicto de competencia, la determinación que asuma dicha autoridad no es materia del recurso de hábeas corpus.
Por lo expuesto precedentemente así como compulsadas las pruebas, se confirma que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad; consiguientemente, el Tribunal de garantías al haber declarado improcedente el recurso de hábeas corpus, ha efectuado una correcta valoración de la compulsa de los antecedentes procesales.
- recurso
- I.1. Contenido del recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.9
- II.10
- II.11
- II.12
- II.13
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR