SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2493/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
concedió parcialmente
Mediante Resolución 353/2008 de 7 de noviembre, cursante de fs. 93 a 97, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías concedió parcialmente la tutela solicitada, disponiendo que se dejen sin efecto las Resoluciones que resolvieron los recursos de revocatoria y jerárquico, dejando subsistente el Memorando URRHH 008/2008, el cual podrá ejecutarse una vez desaparezca la protección brindada por la Ley 975, considerando: i) Las transferencias producidas hacia la ciudad de Sucre de la recurrente no generaron derechos adquiridos, por no demostrarse que las transferencias se hubieran producido a título de promoción; consecuentemente, la decisión de las autoridades recurridas contenidas en el memorando URRHH 008/2008, no vulneró el derecho a la inamovilidad alegada al amparo de las normas estatuarias y reglamentarias del ramo; ii) El citado memorando al haber sido emitido el 7 de agosto de 2008, el Jefe de Recursos Humanos y Director del Sedes Chuquisaca no tenían conocimiento del estado de gravidez de la recurrente, porque el certificado médico es de 8 de agosto de ese año, en esta medida, no se ha justificado la infracción a la Ley 975 que protege a la mujer embarazada en el momento de expedirse el ya citado memorando; y, iii) Tanto las autoridades que resolvieron las Resoluciones del recurso de revocatoria como del jerárquico, que confirmaron la transferencia de la recurrente, desconocieron la protección brindada a la mujer embarazada por la referida Ley 975, para quien se garantiza su inamovilidad durante el período de gestación hasta un año de producido el nacimiento de su hijo, toda vez que se ha dispuesto su traslado hacia un poblado rural que no cuenta con los mismos auxilios médicos que se dispone en la ciudad de Sucre.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- b)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.6.
- II.8.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3.
- III.4. Respecto al derecho a la salud
- III.5. Protección de la mujer trabajadora embarazada
- III.6. El caso analizado
- APROBAR