SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2494/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
concedieron
Mediante Resolución 22 de 7 de noviembre de 2008, cursante de fs. 477 a 483 vta., la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, concedieron la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto, anulando las Resoluciones de 23 de enero y 6 de febrero de 2008 y por ende la Resolución de Recurso Jerárquico de 20 de febrero de 2008, debiendo instaurarse la apertura de proceso administrativo interno contra la poderdante del recurrente, considerando: 1) La parte recurrida se contradice al afirmar que la representante del recurrente debió acudir a la vía de impugnación mediante los recursos de revocatoria y jerárquico, asimismo, que en base a la Ley 3613 tiene expedita la vía jurisdiccional laboral; y, 2) La protección de los derechos y garantías constitucionales se encuentran violentados, toda vez que en la emisión de la resolución de veintitrés de febrero de 2008, se ha violentado el art. 28 inc. e) de la LPA, el cual establece que todo acto administrativo debe ser fundamentado.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedieron
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- Fragmento 16
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- III.4. En cuanto al derecho a la defensa
- III.5. El caso analizado
- APRUEBA