Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2494/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Mediante memorándum DT.RR.HH. 95/07 de 27 de agosto de 2007, el Director Técnico del SEPCAM comunica a la recurrente que de acuerdo a las necesidades de la entidad por tener trabajos pendientes en el área de activos fijos, se le asigna las funciones de Asesora de Activos Fijos para el proceso de cumplimiento de las recomendaciones de la Contraloría General de la República y Auditoria Interna, manteniendo su nivel salarial. Sujetándose su relación con la Entidad, a las normas establecidas en la Ley General del Trabajo y sus Decretos reglamentarios y bajo las responsabilidades de la Ley de Administración y Control Gubernamental (fs. 49).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedieron
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- Fragmento 16
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- III.4. En cuanto al derecho a la defensa
- III.5. El caso analizado
- APRUEBA