Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2507/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
Fragmento 3
De acuerdo a lo señalado, la recurrente plantea recurso de amparo constitucional contra Osvaldo Céspedes Céspedes, Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrazas Melgar, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y, Omar Rodolfo Dorado Severiche, Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, del mismo Distrito Judicial; solicitando se conceda la tutela y se disponga que: 1) Se anule el Auto de Vista que confirmó el Auto Interlocutorio; y 2) Se declare probado su incidente de nulidad de proceso, adjudicación y restitución de derecho propietario.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- “
- APROBAR