Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2527/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
La recurrente interpone recurso de hábeas corpus contra Cintya Salguero Áñez, Jueza Cuarta del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en el petitorio solicita que se declare procedente el recurso, disponiendo se cese de inmediato el acto lesivo y se levante la medida precautoria de arraigo impuesta a su representado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- f) Arraigo.
- III.4. El caso en examen
- procedente
- REVOCAR