SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2527/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
objeto
Para conocer y resolver en revisión la Resolución 56 de 4 noviembre de 2008, por el Tribunal de garantías que conoció la presente causa de naturaleza constitucional, previamente es importante determinar con claridad el objeto y la causa de este recurso de hábeas corpus, ahora denominado acción de libertad, razón por la cual, se tiene que en la especie, el objeto de la tutela pedida es el resguardo de los derechos, en el presente caso el derecho a la libertad de locomoción; se establece que la causa de la petición de tutela, se circunscribe a la negativa de parte de la autoridad recurrida, ahora demandada, al negar el desarraigo del representado de la recurrente, hoy accionante, representante de la empresa minera “R&D Mining- S.A.”.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- objeto
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de hábeas corpus”.
- f) Arraigo.
- III.4. El caso en examen
- procedente
- REVOCAR