Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2550/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, actual accionante, afirma que a través de un ilegal Concejo Municipal conformado por Concejales suspendidos y personas particulares, se tomó la determinación de suspenderle del cargo de Alcalde Municipal de Achocalla; en franca violación a su derecho a la seguridad jurídica y a ejercer el cargo de Alcalde Municipal. Corresponde en revisión analizar, si en el caso presente se debe otorgar o no la tutela que brinda la acción de amparo constitucional.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió en parte
- I.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 15
- III.5.
- REVOCAR