Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2550/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de
En revisión la Resolución 340/2008 de 28 de agosto, cursante de fs. 391 a 394, pronunciada por el Juez de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Max Carlos Torrez Mamani, contra Freddy Francisco Apaza Mamani, Francisca Ninaja Paco de Condori y René Pérez Alejo, Concejales y Alcalde Municipal de Achocalla, respectivamente, alegando la vulneración a sus derechos a la seguridad jurídica y a “ejercer el cargo de Alcalde Municipal de Achocalla”, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 40 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió en parte
- I.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 15
- III.5.
- REVOCAR