SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2553/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2553/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.1.1

El día jueves 23 de octubre de 2008, a horas 22:15 aproximadamente, cuando su vehículo circulaba por la zona de San Jorge de la ciudad de La Paz, fue interceptado por miembros de DIPROVE, quienes sin una orden de secuestro emanada de autoridad competente, procedieron a llevarse su vehículo (microbús) que es su herramienta de trabajo, a los depósitos de dicha institución.

Refiere también que al existir otro caso signado como 3274/08 a cargo de Nelson Murillo Vílchez que se halla bajo la dirección funcional de la Fiscal, María Eugenia Iriarte, que se refiere a una denuncia en la que se señaló que no se trata de robo de vehículo porque el recurrente y la denunciante Victoria Valdez son esposos, por lo que el investigador Ricardo Mamani Maydana, al informarse que este caso era enteramente familiar debió proceder a la inmediata devolución del vehículo más aún cuando se trata de su herramienta de trabajo.

Se le informó que existía una denuncia en su contra por robo, y que se podía devolver el vehículo que es la única herramienta de trabajo que posee para poder asimismo pasar la asistencia familiar a sus hijos. Además los cónyuges y convivientes no podrán denunciar ni ejercitar la acción penal, refiere también el art. 359 del Código Penal (CP), referido a la exención de la pena, por ello sostiene que no se debía abrir caso menos proceder secuestrar su herramienta de trabajo.