Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2553/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
En revisión la Resolución 013/2008 de 28 de octubre, cursante a fs. 40 a 42 pronunciado, por la Jueza Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, presentado por Genaro Condori Mamani, contra Fernando Torrico Calderón, Jefe Departamental de Dirección de Investigación y Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE), Ricardo Mamani Maydana, Investigador de dicha división, alegando la vulneración de su derecho a la libertad, citando al efecto el art. 6.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1
- I.1.3
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario recurridos.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- improcedente
- medios eficaces y oportunos
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad”
- a)
- “Primer supuesto:
- III.5. En el caso concreto
- APROBAR