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    1332/2010-R de 20 de septiembre
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    1332/2010-R de 20 de septiembre

    Fecha: 09-Dic-2010

    a)

    a) Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada, los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación de la norma al caso concreto; es decir, por qué le resulta “insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial o administrativo”

    • I. ANTECEDENTES
    • II.1. En cuanto a los argumentos de la SC 1332/2010-R de 20 de septiembre
    • son permanentes
    • se revocó
    • “…demostraron que realizaron un interpretación gramatical arbitraria y por consiguiente errónea aplicación del art. 30 del CPP, pretendiendo que el cómputo de los delitos previstos en los arts. 237 y 238 del CP, se los realice desde el momento que cese la consumación de los delitos”
    • a)
    • c)
    • SC 0083/2010-R

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