c)
c) Qué derechos fundamentales han sido lesionados con dicha interpretación que considera arbitraria y a los resultados que hubiese arribado con la interpretación que indica es la correcta, “estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional”.
- I. ANTECEDENTES
- II.1. En cuanto a los argumentos de la SC 1332/2010-R de 20 de septiembre
- son permanentes
- se revocó
- “…demostraron que realizaron un interpretación gramatical arbitraria y por consiguiente errónea aplicación del art. 30 del CPP, pretendiendo que el cómputo de los delitos previstos en los arts. 237 y 238 del CP, se los realice desde el momento que cese la consumación de los delitos”
- a)
- c)
- SC 0083/2010-R
