Partes:
Partes: José Antonio Yucra Paredes contra Humberto Llanos Avillo, Presidente de la Asociación de Medios de Comunicación de Bermejo; Ramón René Zeballos Ballastares, Director General y Propietario de la Radio Provincia; Nelson Rojas Flores, Director y Propietario del Canal 5 Red UNO; Ciro Sánchez, Administrador del Canal 9 Televisión AZUCARERA UNITEL; Victorino Altamirano, Director del Canal 3 “Claret Televisión” y Radio Bermejo; Rodolfo Cuellar Justiniano, propietario y Director del Canal 11 Bolivisión; Omar Murillo Jurado, Director de la Radio Líder; David Reyes Vega, Director de la Radio Paraíso; Juan Carlos Farfán, José Gutiérrez Baldiviezo, Secretario Ejecutivo de la Federación Departamental de la Prensa de Tarija; Daniel Salazar, Secretario General del Sindicato de la Prensa de Bermejo; Maura Quispe Castro, Secretaria de actas y hacienda del Sindicato de la Prensa; Genaro Churquina, Delegado al Comité Cívico del Sindicato de la Prensa de Bermejo y comunicador de la Radio Provincia, Jaime Moya, comunicador de la Radio Sur; Santos Espinoza, comunicador de la Radio Bermejo; Sandra Calapiña, comunicadora de la Radio FIDES; Sergio Marcial Licantica, comunicador de la Radio Sur y del Canal 13 ATB; Alicia Jerez, comunicadora de la Radio Centinela; Reyna Caucota, comunicadora de la Radio Bermejo; Reynaldo Sánchez, comunicador de Radio Provincia, Hernán Zurita, comunicador de la Radio Centinela, Santos Jurado, comunicador del Canal 5 Red UNO; Carlos Quiroz fotógrafo, Wilson Vargas, trabajador de la Radio Bermejo y de “Claret Televisión”; Juan Mamani, comunicador de la Radio Bermejo, Tomás Fernández, trabajador del canal 9 UNITEL; Julián Tolaba, trabajador de canal 11 Bolivisión; Remigio Arce, comunicador de la Radio Bermejo y canal 3 “Claret Televisión”; Leisber Jerez, comunicador de la Radio Bermejo y canal 3 “Claret Televisión”; José Bascopé, trabajador de la alcaldía; Milan Arevilca Moya, propietario de la Radio FM Halley, Guillermo Cruz, propietario de la Radio Tropicalísima; Juan Carlos Bejarano, comunicador de la Radio Líder.
- Partes:
- I. ANTECEDENTES
- Fragmento 3
- hubiere quedado sin efecto antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar, vale decir, que si bien se produjo la lesión, ésta se reparó de motu propio del legitimado pasivo
- para la cesación de los actos denunciados de ilegales, los mismos deben quedar sin efecto antes de la citación con el amparo constitucional, haciendo por ello innecesaria la intervención de la jurisdicción constitucional,
- II.2. En cuanto a la problemática planteada
- no consta que activamente se hubiese reclamado o hecho seguimiento
