Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2583/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.1.
II.1. Mediante escritura pública de 16 de julio de 1999, Víctor Ustarez Porcel enajenó un lote de terreno urbano ubicado en la esquina de las avenidas Bolívar y Reymundo Terán de la población de Aiquile a favor de René Romero Chacón y Celmira Pinto de Romero (recurrentes) por $us5 000.- (Cinco Mil Dólares Americanos), mismo que fue registrado en Derecho Reales (fs. 2 a 5).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- Fragmento 13
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- presentaron recurso de reposición con alternativa de apelación,
- fundamento jurídico III.2.
- REVOCAR