SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2583/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.3.
II.3. Posteriormente, el 30 de abril de 2008, dentro del proceso ordinario de nulidad de venta, los recurrentes interpusieron ante el Juez recurrido excepción perentoria de litispendencia y pidieron acumulación de procesos por identidad de objeto (fs. 30 a 31); solicitud que fue negada mediante Auto de 6 de junio de 2008 (fs. 33 vta.), ante lo cual los recurrentes presentaron recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 35 a 36), el mismo que fue rechazado por Auto de 17 de julio de 2008 (fs. 37 vta.) y les concedió la apelación en efecto devolutivo ante la Corte Superior de Distrito, a cuya Sala Civil Segunda los recurrentes se apersonaron mediante memorial de 13 de agosto de 2008 (fs. 39 a 40).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- Fragmento 13
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- presentaron recurso de reposición con alternativa de apelación,
- fundamento jurídico III.2.
- REVOCAR