Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2621/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
4º
4º Señaló que ese Tribunal considera que la suma impuesta por los daños ocasionados, las costas y gastos procesales es correcta y acorde a los datos del proceso, y conforme “al art. 327 y siguientes del antiguo Código de Procedimiento Penal con relación a los arts. 87 y 91 del Código Penal” y que no coarta el derecho a la defensa del recurrente porque hizo uso de los recursos legales que la ley le franquea.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- SC 0520/2010-R de 5 de julio
- SC 0632/2010-R de 19 de julio
- III.3. Análisis del caso concreto
- 3º
- 4º
- 5º
- APROBAR