SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2621/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.2.
II.2. Mediante memorial de 9 de julio de 2004, el recurrente interpuso recurso de nulidad y casación contra el Auto de Vista de 20 de junio de 2004, con el argumento de que el Juez de Alzada no procedió a la revisión de oficio del proceso, pues no anuló obrados como correspondía, “en consideración que me encuentro en el presente juicio, por una posición caprichosa de incompetencia de la Sala Penal 2da., que dispuso sin ninguna competencia, que continuara como presunto responsable civil, que como tengo demostrado dogmáticamente, situación en la cual no me encuentro y menos la clínica de mi propiedad(…). Asimismo, recurro de casación en el fondo, toda vez que el ad quem ha realizado una infracción directa y una interpretación errónea de las leyes sustantivas penales y civiles” (sic); en cuanto se refiere a la responsabilidad civil y que las normas utilizadas no corresponden al caso concreto (fs. 5 al 8 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- SC 0520/2010-R de 5 de julio
- SC 0632/2010-R de 19 de julio
- III.3. Análisis del caso concreto
- 3º
- 4º
- 5º
- APROBAR