Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2684/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 01/2009 de 8 de enero de 2009, cursante de fs. 141 a 142 vta., dictada por la Jueza de Partido y de Sentencia de la provincia Inquisivi, del Distrito Judicial de La Paz, constituida en jueza de garantías y, en consecuencia, DENIEGA la acción de amparo constitucional solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis del fondo del recurso planteado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El principio de subsidiariedad y el amparo constitucional
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.5 La problemática del caso de Análisis
- APROBAR