SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2713/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2713/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

i)

La recurrente ratificó los términos de su demanda y ampliándolos indicó: i) De la documentación adjunta al recurso se evidencia que la recurrente ha cumplido la primera condición esencial exigida para la viabilidad del amparo constitucional, al haber acreditado su legítimo derecho propietario sobre el terreno en cuestión, a través del título de propiedad debidamente registrado en DD.RR. el 4 de enero de 2001, otorgación y aprobación del plazo de uso de suelo, pago de impuestos a la propiedad; y, ii) De igual forma se advierte el cumplimiento del segundo requisito, pues la ocupación efectuada por el recurrido se ha producido mediante actos violentos y arbitrarios y a quien se explicó y advirtió que el inmueble tenia dueño.