Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2716/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.5.
II.5. El recurrente presentó varias notas al Director General de Cooperativas del Ministerio de Trabajo, mediante las cuales señala que no se resolvió su problema en la asamblea de 20 de mayo de 2008, por lo que solicita que se convoque a nueva asamblea (fs. 45 y 47). Por nota de 13 de agosto de 2008, el Director General de Cooperativas, solicitó información al Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Transportes Oruro Ltda., sobre el cobro de dinero al recurrente y otros datos (fs. 48), que fue respondida por nota recibida el 21 del mismo mes y año (fs. 51).
- recurso,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- b)
- sin lugar”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías Jurisdiccionales y Acciones de Defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 17
- APRUEBA