SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2746/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, alega la vulneración de su derecho al trabajo por cuanto, fue designada Directora Distrital de Educación en mayo de 2007, en razón a que accedió a dicho cargo en base a un concurso de méritos, habiendo obtenido el primer lugar, de acuerdo al informe de evaluación curricular, efectuado el 30 de abril de 2007; no obstante, el recurrido, Pánfilo Ríos Quintana, Director del SEDUCA de Santa Cruz, el 3 de marzo de 2008, acompañado de un contingente policial, en forma arbitraria, posesionó a la profesora Dina Justiniano Languidey en su reemplazo, sin la sustanciación de un justo proceso previo, sin que exista ningún memorándum de destitución, ni motivos que permitan justificar dicho extremo, añadiendo que sus haberes fueron retenidos ilegalmente por los meses de marzo y abril de 2008, entendiendo que existe responsabilidad civil y penal. En consecuencia, se procederá a analizar si en el presente caso corresponde la concesión o no de la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la subsidiaridad de la acción de amparo constitucional
- empero, la presentación de la acción de amparo constitucional debe ser de manera oportuna e inmediata
- Fragmento 16
- REVOCAR