Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2773/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La recurrente, alega la vulneración de sus derechos a la “decisión judicial fundamentada y a la tutela judicial eficaz”; a la “seguridad jurídica y aplicación objetiva de la ley”, al debido proceso, a la defensa y a la igualdad, citando al efecto los arts. 6.I, 7 inc. a); y, 16.II y IV de la CPEabrg.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- comunicando que acudirá ante la vía del proceso contencioso administrativo
- APROBAR