Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2878/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso de
En revisión, la Resolución de 18 de febrero de 2009, cursante de fs. 220 a 221 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional presentado por Carlos Mario Alarcón Navarro contra Carlos Mateo Terán Álvarez, Superintendente Tributario Regional a.i. y Pedro Juan Carvajal Sarmiento, ex Gerente Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), ambos de Cochabamba, alegando la vulneración de su garantía al debido proceso, citando al efecto el art. 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionario recurridos y petitorio
- a)
- c)
- concedieron parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.4. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- Fragmento 16
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 18
- concedido parcialmente