SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2898/2010-R
Fecha: 17-Dic-2010
recurso d
En revisión la Resolución 91/2007 de 31 de octubre, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Achacachi, provincia Omasuyos del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Jorge Callisaya Peralta contra Aurelio Machicado Coaquira, Cleto Tapia Quispe, Braulio Salcedo Condori y Santusa Quenta Rada; ex Presidente, Presidente, Secretario y Concejal, respectivamente del Concejo Municipal de la Cuarta Sección de la provincia Larecaja, alegando la vulneración de sus derechos y garantía a la “seguridad jurídica”, a la dignidad, al trabajo y al debido proceso, citando al efecto los arts. 6, 7 incs. d) y j), 12, 16.IV y 40 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso d
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- “improcedente”
- “denegar”
- En cuanto a la dignidad
- I.
- En cuanto al derecho al debido proceso
- III.4. Análisis de la problemática jurídica
- POR TANTO