AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2010-CA

Fecha: 25-Mar-2010

admitió promover

Mediante Resolución de 22 de agosto de 2007, cursante de fs. 382 a 383, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, admitió promover el incidente de inconstitucionalidad argumentando que: a) De la compulsa del DS 27779 y el art. 16.II y IV de la CPE abrog. se establece que el art. 45 del Anexo III, Reglamento de la Ley 2770 se contrapone a la garantía del debido proceso, por cuanto el trámite o procesamiento regulado por la citada norma legal no contempla ni reconoce el derecho pro actione o derecho a recurrir a un recurso sencillo y efectivo; y b) La resolución que el Tribunal de amparo debe pronunciar dentro de la acción tutelar presentada, depende de la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición impugnada, en base a la cual se pronunciaron las cuestionadas Resoluciones 031/2007 y 032/2007.