Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2010-CA
Fecha: 26-Mar-2010
Tribunal Constitucional,
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4), 33.I inc. 1) y 64.III de la LTC, y art. 4 de la Ley 003, APRUEBA el rechazo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, contenido en la Resolución de 16 de julio de 2007, dictada por la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Alcances del control de constitucionalidad
- II.3. Análisis del caso concreto
- requisitos esenciales
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad
- es decir, en qué medida esas disposiciones legales pueden tener una influencia decisiva al momento de que se dicte resolución final,
- Tribunal Constitucional,