Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2010-R
Fecha: 26-Mar-2010
II.3.
II.3. El 19 de marzo de 2007, el recurrente interpuso a nombre de su representado un recurso de hábeas corpus, alegando entre otros, la actuación ilegal del Juez recurrido de librar mandamiento de apremio no obstante de estar vigentes las anotaciones preventivas sobre vehículos de la empresa demandada que garantizaban la obligación, solicitando además se deje sin efecto el mandamiento de apremio librado el 5 de marzo de 2007, por la autoridad también ahora recurrida, dicho recurso mereció SC 0364/2007-R de 8 de mayo, que declaró improcedente el recurso (fs. 6 a 13).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrid y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- III.2. Sobre la orden de librarse mandamiento de apremio
- III.2.1.
- III.2.2.