SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2010-R
Fecha: 26-Mar-2010
III.2.2.
III.2.2. En el presente caso, de la revisión de antecedentes presentados, se evidencia que el recurrente presentó el actual recurso tutelar con el mismo fundamento e idéntico propósito que el anterior recurso de hábeas corpus interpuesto el 19 de marzo de 2007 por él mismo en representación de Rolando Sigfredo Edgar Montero Quintanilla contra la ahora también autoridad recurrida, Juan Saucedo Velasco, Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social, recurso que mereció pronunciamiento por este Tribunal a través de la SC 0364/2007-R de 8 de mayo; por otra parte, el recurrente tanto en el anterior recurso de hábeas corpus como en el presente, solicita que el Juez recurrido deje sin efecto el mandamiento de apremio librado contra su mandante, de lo que se concluye que concurre la identidad de sujetos y objeto.
En relación a la identidad de causa, de la lectura de antecedentes se constata que en ambos recursos tutelares, el recurrente aduce como actos ilegales que la autoridad judicial recurrida libró mandamiento de apremio contra su representado restringiendo su libertad, no obstante de estar vigentes las anotaciones preventivas sobre dos vehículos de propiedad de la Empresa demandada, así como los mandamientos de embargo y secuestro sobre dichos bienes de la Empresa, lo que implica que el recurrente interpuso la presente acción tutelar con los mismos fundamentos y alegando supuestas actuaciones ilegales en las que habría incurrido el Juez recurrido, sin que el hecho de que hubiese añadido algunos argumentos que no hacen al fondo de su recurso, signifique que hubiese existido un cambio en la esencia de la causa en ambos recursos de hábeas corpus, pues el fundamento, el contenido y la problemática se han mantenido en ambos casos.
De acuerdo a lo expuesto, el recurrente pretende a través de este recurso de hábeas corpus, un nuevo pronunciamiento sobre hechos que fueron ya dilucidados por la jurisdicción constitucional en un similar recurso con identidad de sujeto, objeto y causa, en la que se dictó la SC 0364/2007-R de 8 de mayo, circunstancia que impide a este Tribunal pronunciarse sobre el fondo del asunto, pues de hacerlo incurriría en una innecesaria e irregular duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto, desvirtuando la naturaleza de la presente acción tutelar.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrid y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- III.2. Sobre la orden de librarse mandamiento de apremio
- III.2.1.
- III.2.2.