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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2010-R

    Fecha: 31-Mar-2010

    III.2.

               “(IDENTIFICACIÓN). El imputado, desde el primer acto del proceso, será identificado por su nombre, datos personales y señas particulares. Si se abstiene de proporcionar esos datos o los proporciona de manera falsa, se procederá a su identificación por testigos, fotografías, identificación dactiloscópica u otros medios lícitos.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • a)
    • b)
    • c)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.
    • APRUEBA

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