AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2010-RCA

Fecha: 19-Abr-2010

II.

El recurrente manifiesta que las autoridades recurridas han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, la propiedad privada y derecho de petición, puesto que habiendo sido afectado el inmueble que heredó de su padre, con la apertura y ampliación de la carretera Cochabamba-Santa Cruz, la línea férrea, la avenida Independencia, áreas de equipamiento y calle, solicitó a la Alcaldía Municipal el 29 de junio de 2006, la indemnización por expropiación, trámite que se vio paralizado, porque se le exigió que establezca previamente la ubicación exacta de su terreno y otros detalles técnicos, por lo que ante estas acciones dilatorias, el 15 de mayo de 2007 formuló queja y denuncia ante el Concejo Municipal, ente deliberante que sin pronunciarse sobre las mismas, determinó la devolución del expediente a efecto que el ahora recurrente inicie el trámite ante el Órgano Ejecutivo.  En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.