Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2010-RCA
Fecha: 26-Abr-2010
rechazó in límine
El Tribunal de amparo mediante Resolución de 1 de agosto de 2007, cursante a fs. 10 y vta. de obrados, rechazó in límine el recurso, con el fundamento de que si bien el recurrente expuso los hechos que causan agravio a su representado, sólo se limitó a denunciar la infracción de disposiciones del Código de Procedimiento Penal en el ámbito legal, sin aludir los derechos y garantías constitucionales supuestamente vulnerados por las autoridades recurridas, aspecto que determina que el recurso carezca del requisito de contenido previsto por el art. 97.IV de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades demandadas
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC,
- I.
- II.3. Análisis del caso elevado en revisión
- se desconocen los derechos y garantías que el recurrente pretenden se preserve o restituyan a su representado
- APROBAR