AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2010-RCA

Fecha: 26-Abr-2010

se desconocen los derechos y garantías que el recurrente pretenden se preserve o restituyan a su representado

Sin embargo, en cuanto al requisito previsto en el art. 97.IV de la LTC, se advierte que éste fue incumplido, toda vez que el recurrente no mencionó el derecho o garantía constitucional de su representado supuestamente vulnerados, ni precisó la norma constitucional en la que estaban establecidos; vale decir que si bien expuso con claridad los hechos que sirven de fundamento, fijó el amparo que solicita, se desconocen los derechos y garantías que el recurrente pretenden se preserve o restituyan a su representado, por lo que al no existir el nexo de causalidad entre los tres requisitos de contenido o insubsanables, corresponde rechazar in limine el presente recurso.