AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2010-RCA
Fecha: 26-Abr-2010
revisión
En revisión la Resolución de 1 de agosto de 2007, cursante a fs. 10 y vta. de obrados, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gonzalo Vladimir Acuña Gutiérrez en representación de José Liván Aramayo Terrazas contra Eloy Avendaño Menchaca y Juan Hugo Mejía Coca, Presidente y Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; Vivian Enríquez, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal cautelar del mismo Distrito Judicial y Silvia Guzmán Berbetty, Fiscal de Materia, sin invocar el derecho o garantía supuestamente vulnerado ni los preceptos constitucionales infringidos.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades demandadas
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC,
- I.
- II.3. Análisis del caso elevado en revisión
- se desconocen los derechos y garantías que el recurrente pretenden se preserve o restituyan a su representado
- APROBAR