AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2010-CA
Fecha: 06-Abr-2010
I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 -Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público-, establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la “…revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009”, y toda vez que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los alcances previstos por la referida Ley, el Pleno de este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo, computándose para el efecto a partir del sorteo de 22 de marzo de 2010. En consecuencia, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- 1)
- I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Procedencia del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- sobre las normas vigentes que tengan vida en el ordenamiento jurídico del Estado.
- II.2. Cumplimiento de requisitos de admisibilidad
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1º de enero al 31 de diciembre de 2007
- RECHAZA