Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2010-CA
Fecha: 06-Abr-2010
sobre las normas vigentes que tengan vida en el ordenamiento jurídico del Estado.
De lo referido se concluye que el control normativo de constitucionalidad se ejerce sobre las normas vigentes que tengan vida en el ordenamiento jurídico del Estado. Así ha expresado el Tribunal Constitucional en el AC 0047/2005-CA de 27 de enero, manifestando que: “… el control normativo de constitucionalidad se ejerce sobre las normas vigentes que tengan vida en el ordenamiento jurídico del Estado…” (las negrillas son nuestras).
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- 1)
- I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Procedencia del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- sobre las normas vigentes que tengan vida en el ordenamiento jurídico del Estado.
- II.2. Cumplimiento de requisitos de admisibilidad
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1º de enero al 31 de diciembre de 2007
- RECHAZA