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    AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2010-CA

    Fecha: 12-Abr-2010

    II.3. Cumplimiento de requisitos

    El art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece que: "El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…".

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • 1)
    • rechazó
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
    • II.3. Cumplimiento de requisitos
    • hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella
    • II.4.  Análisis del incidente de inconstitucionalidad
    • CONSTITUCIONALIDAD
    • APROBAR

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