Sentencia Constitucional 0003/2010-R, de 31 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional 0003/2010-R, de 31 de marzo

Fecha: 06-Abr-2010

II. 5.

II. 5. En el actual diseño constitucional (arts. 125 al 127 CPE), el habeas corpus no solamente ha cambiado de denominación a acción de libertad, sino que  también tutela el derecho a la vida y amplía la legitimación pasiva a particulares; por lo que cobra mayor relevancia entre los medios de control tutelar de constitucionalidad, aspecto que debió verse reflejado en el tratamiento de la temática por este alto tribunal. Esta conclusión se sustenta en la importancia que tiene el derecho a la vida, que se ha visto plasmada en la jurisprudencia constitucional; así la SC 411/2000-R que señalaba que el derecho a la vida “(…) es el origen de donde emergen los demás derechos, por lo que su ejercicio no puede ser obstaculizado por procedimientos burocráticos ni sujeto a recursos previos (…)” y la SC 26/2003-R ha establecido que: “(…) es el bien jurídico más importante de cuantos consagra el orden constitucional (…) es el derecho de toda persona al ser y a la existencia, siendo su característica esencial la base para el ejercicio de todos los demás derechos; es decir la vida misma es el presupuesto indispensable para que haya titularidad de derechos y obligaciones (…)”.