Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2010-R
Fecha: 16-Abr-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, Ley de Necesidad de Transición a los nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión resuelve, APROBAR la Resolución 10/07 de 11 de agosto de 2007, cursante de fs. 33 a 34, pronunciada por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni; y en consecuencia, se DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR