Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2010-R
Fecha: 19-Abr-2010
II.2.
II.2. En su declaración de 10 de septiembre de 2007, a horas 11:00, en presencia de la Fiscal de Sustancias Controladas correcurrida, ubicó el inmueble donde pasó la noche anterior, donde un individuo que lo conoce como “PETETE” le preparó y acomodó la sustancia a horas 3:00 a.m., motivo por el que el referido investigador pidió se tramite orden de allanamiento (fs. 40 a 41).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- III.2.
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.4. Con referencia a la denuncia de detención indebida
- III.5. Caso concreto
- APRUEBA