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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2010-R

    Fecha: 19-Abr-2010

    II.5.

    II.5. Por las actas de las declaraciones informativas policiales, se evidencia que las mismas fueron tomadas en los siguientes horarios: a) A horas 9:00 a.m. a Jorge Surubí Roca (fs. 57 a 59); b) A horas 10:00 a.m. a José Erlin Surubí Roca (fs. 63 a 65); y, c) A horas 10:30 a.m. a Marina Ruiz Ortiz (fs. 60 a 62).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
    • III.2.
    • “accionante”
    • ordenar la tutela
    • III.4. Con referencia a la denuncia de detención indebida
    • III.5. Caso concreto
    • APRUEBA

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