Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2010-RCA
Fecha: 03-May-2010
con los fundamentos expuestos y las aclaraciones efectuadas,
El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, con los fundamentos expuestos y las aclaraciones efectuadas, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 388/2007 de 28 de agosto, cursante a fs. 256, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- Fragmento 7
- II.2. De la improcedencia in límine del recurso de amparo constitucional por inmediatez
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- 3 de abril de 2003
- con los fundamentos expuestos y las aclaraciones efectuadas,